martes, 26 de julio de 2011

Alegaciones al Borrador del Catálogo Español de EEI

El grupo de trabajo IBIOCA, Invasiones Biológicas Canarias, después de unas sesiones de trabajo, ha elaborado un escrito de alegaciones al borrador del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
Pueden consultar a continuación el documento presentado en el día de hoy 26 de julio de 2011.


ALEGACIONES AL BORRADOR DEL REAL DECRETO QUE DESARROLLA EL CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS

IBIOCA
Invasiones Biológicas en Canarias

Instituto de Estudios Canarios

La Laguna, 22 de julio de 2011
El grupo de trabajo IBIOCA presenta las alegaciones al borrador del Real Decreto que desarrolla el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, que se encuentra en periodo de participación pública.
IBIOCA, Invasiones Biológicas en Canarias, es un grupo de trabajo, perteneciente al Instituto de Estudios Canarios (IECAN), formado por profesores de Universidad, técnicos de las administraciones locales y autonómicas, investigadores y profesionales relacionados con el Medio Ambiente.
El IECAN es una entidad de carácter científico y cultural, al amparo del artículo 22 de la Constitución española, tiene la naturaleza de Asociación no lucrativa, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, que se rige por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación, la Ley autonómica 4/2003, de 28 de febrero de Asociaciones de Canarias, las disposiciones reglamentarias y por sus estatutos y un reglamento de régimen interior.
El Instituto de Estudios Canarios forma parte de la Confederación Española de Centros de Estudios Locales (C.E.C.E.L.), adscrita al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).
El grupo de trabajo IBIOCA, reunido el día 19 de julio en la sede el IECAN, ha acordado remitir al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, las siguientes alegaciones que se especifican en el anexo a este escrito.

ANEXO: ALEGACIONES AL BORRADOR DEL REAL DECRETO QUE DESARROLLA EL CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS


1. Donde dice: “Especie exótica o alóctona: se refiere a especies, subespecies o taxones,…”.
            Debe decir: “Especie exótica o alóctona: se refiere a taxones,…”.

2. Proponer dos Anexos, el I de especies exóticas invasoras y el II de especies potencialmente invasoras en el territorio nacional. Sustituir Catálogo por Anexo I y Listado por Anexo II.

3. Eliminar una de las sinonimias en el Listado (Anexo II):
            Acacia cyanophylla = Acacia saligna.
                                                                                                   
4. Eliminar del Listado (Anexo II):
            Opuntia ficus-indica, por sinonimia con Opuntia maxima (ya incluida en el Catálogo o Anexo I).

5. Propuestas de cambios de FLORA del Listado al Catálogo.

            Deben pasar al Anexo I, por estar comprobado fehacientemente su carácter invasor en Canarias, las siguientes plantas que figuran en el Listado del borrador:
            -Albizia distachya (véase Top 100)
            -Arbutus unedo (en Canarias, por riesgo de hibridación).
-Bromus tectorum (En Canarias es la especies que ocupa mayor superficie en el Parque Nacional del Teide) Martín Osorio et al. 2008*
-Boussingaultia cordifolia (véase Top 100)
            -Cardiospermum grandiflorum (véase Top 100)
            -Carpobrotus edulis (véase Top 100)
            -Centranthus ruber (véase Top 100)
            -Crassula lycopoidoides (véase Top 100)
            -Crassula multicava (véase Top 100)
            -Cytisus scoparius (véase Top 100)
            -Eschscholzia californica (véase Top 100)
            -Lantana camara (véase Top 100)
            -Neurada procumbens
            -Nicotiana glauca (véase Top 100)
            -Oxalis pes-caprae (véase Top 100)
            -Ricinus communis (véase Top 100)
            -Spartium junceum (véase Top 100)
            -Tropaeolum majus (véase Top 100)


6. Las restantes plantas que figuran en el Listado del borrador deben pasar ahora al Anexo II.

7. Incluir en el Anexo I las nuevas plantas que siguen:
            -Chasmanthe aethiopica (véase Top 100)

8. Incluir en el Anexo II las nuevas plantas que siguen:
            -Colocasia esculenta (véase Top 100)
            -Erigeron karvinskianus (véase Top 100)
            -Glaucium flavum
            -Phytolacca americana (véase Top 100)
            -Salvia leucantha.

9. Donde dice , debe decir ….
            -Donde dice Cortadeira spp., debe decir Cortaderia spp.
            -Donde dice Caesalpinia gillesii, debe decir Caesalpinia gilliesii.
-Donde dice Ipomoea pes-capare, debe decir Ipomoea pes-caprae.
-Donde dice Prunus serótina, debe decir Prunus serotina (sin tilde).

10. Mejorar el orden alfabético (Nicotiana, Nicandra, Nicotiana, etc.).

11. Propuesta de inclusión o cambios relativos a la Fauna: Anexo I. Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras


Crustáceos
Se propone trasladar la artemia del Anexo II al Anexo I.
Artemia franciscana

Artemia

Reptiles
Se propone considerar la familia Colubridae también para Canarias. En consecuencia habría que eliminar Lampropeltis spp. (Canarias) por pertenecer a dicha familia y mantener Elaphe guttata sólo para Baleares.
Colubridae
Canarias, Ibiza y Formentera

Pantherophis guttatus (=Elaphe guttata)                  
Baleares
Culebra del maizal

Aves
Los minás deben figurar en el Anexo I.
Acridotheres spp.

Minás

Se propone incluir la familia Pycnonotidae para Canarias.
Pycnonotidae
Canarias


Mamíferos
La ardilla moruna, actualmente incluida en el Anexo II, debe pasar al Anexo I y el conejo es, sin duda, una especie invasora en Canarias.
Atlantoxerus getulus
Canarias
Ardilla moruna

Se propone incluir en el Anexo I:
Oryctolagus cuniculus
Canarias
Conejo
Mus musculus/domesticus
Canarias
Ratón
Felis silvestris catus
Canarias
Gato asilvestrado

12.- Propuesta de cambios o inclusión relativos a la Fauna: Anexo II. Listado de especies exóticas con potencial invasor


Crustáceos
Artemia franciscana se debe eliminar el Anexo II pasar al Anexo I.

Aves
Se propone incluir la familia Esturnidae y eliminar, en consecuencia, las especies pertenecientes a ellas incluidas en el Listado.
En cualquier caso Acridotheres spp. debe figurar en el Anexo I.

Mamíferos
La ardilla moruna debe ser eliminada del Anexo II e incluida en el Anexo I como se ha mencionado anteriormente.

Se propone la inclusión en el Anexo II de:

Suncus etruscus
Canarias
Musarañita
Crocidura russula
Canarias
Musaraña
Atelerix algirus
Canarias
Erizo moruno
Mustela furo
Canarias
Hurón

* Martín Osorio, V. E., W. Wildpret & B. Hernández Bolaños, 2008. Estudio geobotánico de las plantas vasculares exóticas invasoras en el Parque Nacional del Teide, Tenerife (Islas Canarias). Resumen del 2º Congreso Nacional de Especies Exóticas Invasoras. León 2006. En: GEIB Grupo Especialista en Invasiones Biológicas (ed) (2007). Invasiones biológicas: un factor del cambio global. EEI 2006 actualización de conocimientos. Pp 142-153. 2º Congreso Nacional de Especies Exóticas Invasoras. EEI 2006. GEIB, Serie Técnica nº 3, 280 pp.

La Laguna, 22 de julio de 2011
 

2 comentarios:

  1. COMENTARIO DE ELIZABETH OJEDA:

    Hola Victoria Eugenia
    Estupendo que mandaran las alegaciones al Ministerio. Llamé al departamento el lunes pero no pude contactar contigo (hablé con Antonio), y es que tengo como 5 expedientes caducados en mi mesa, asi que lo de escribir mail lleva mucho tiempo..no tengo apenas disponibilidad. De todas formas, revisé la última propuesta que hicimos desde el Servicio (antes del borrador actual). Efectivamente hay muchos errores de bulto...que ya están detectados y en mucho coinciden con vuestra propuesta. Contacté via mail con el Ministerio, pero me da que están de vacaciones, volveré a contactar insistentemente para que quede claro que hay "errores de bulto" en los listados. El procedimiento normal consistiría en que las alegaciones llegadas al Ministerio de Canarias, nos las remitan a nosotros y pidan informe a Canarias. Pero tal como a veces funcionan las cosas, espero que no decidan directamente contestar ellos, a saber!. En cualquier caso, el mail que envié al
    Ministerio dejaba claro que había errores graves y que tenia constancia que desde Canarias existirían alegaciones. También deje claro que desde el Gobierno de Canarias queremos corregir varios aspectos del listado que son errores a nuestra propuesta. En principio, según el procedimiento administrativo, el documento debe volver a nocsotros para realizar las últimas correcciones antes de su propuesta de aprobación..otra cosa es que finalmente el Ministerio las acepte...ar
    Como el día de la reunión llegué tan tarde, no escuché los inconvenientes y diferencias que había a la redacción del Catálogo y Listado. Comentar (si no lo dijo Juan Luís), que desde el punto de vista de la administración, el gran problema consiste en "demostrar" cuando una especie causa un "grave" perjuicio al medio ambiente..etc...Aunque parezca un tema poco relevante, es fundamental por la indefensión jurídica, de hecho, como bien saben, a nivel del catálogo estatal de especies amenazadas anterior, las especies que estaban catálogadas como de interés especial, se consideraron no amenazadas (no sometidas a su régimen jurídico) a partir de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia debida a una demanda de un particular. Ahora, las categorias de amenaza son en "peligro de extinción" y "Vulnerable" y las de "protección especial" están protegidas pero su régimen jurídico es diferente.
    Bueno, con esto quiero decir, que cuando una especie se incluye en el anexo I (invasoras) se debe tener tener todo el respaldo técnico para poder justificar las drásticas implicaciones que conlleva (por ejemplo, la prohibición de su tenencia, las sanciones, multas, obligación de elaborar un plan de erradicación etc..) ¿Tenemos esa información contrastada científicamente sobre todas las especies? Me temo que no..Por este motivo, aprovechamos el formato del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, en el cual se crea un listado, un poco más permisivo...pero que en nuestro caso, antes de poder demostrar ese efecto grave, nos permite actuar de manera preventiva, precisamente antes de que la invasión se vuelva (o pueda volverse) grave, y las actuaciones y los costos de la erradicaciónde sean viables.

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  2. CONTINUACION

    Cuando hablé con Octavio a la salida de la reunión, el no veía claro este aspecto en la especies del Listado, sin embargo, de manera poco
    explícita, se ha intentado "colar" esta posibilidad de control. Estoy en casa y no tengo el documento aquí, pero a ver si tengo tiempo y les envío los artículos del borrador donde de una manera u otra se contempla esa posibilidad. Todo este problema en poder llevar a cabo una labor preventiva y de actuación temprana se debe a que la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, con respecto a las especies invasoras, sólo contempla las que "lo son con sus efectos graves" o las potencialmente invasoras, sobre las que hay que "realizar un seguimiento", es decir..según esta Ley, para poder actuar habría que esperar a que el problema fuera grave..La ley no contempla en absoluto la actuación temprana y la prevención...por eso cuesta tanto trabajo "colar" en el Real Decreto del Catálogo un listado de especies que, aunque en la actualidad aún no son un problema grave , presumimos que pueden llegar a serlo, y sobre las cuales hay que actuar
    de manera temprana y conseguir erradicarlas.
    Bueno, perdón por el amplio repertorio...
    Te agradecería Victoria Eugenia que reenviaras el mail a los asistentes a la reunión, ya que no hemos podido hablar al respecto y supongo que habrá diferencia de opiniones.
    Estaremos en contacto. Es mejor que cualquier mail me lo envíes/envíen al trabajo: eojelan@gobiernodecanarias.org ya que me incorporé al trabajo y el correo privado no lo consulto tan amenudo. Si no hay cambios, en septiembre tendré vacaciones...
    Bueno, saluditos!
    Eli

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